JUBILACIONES: SEPA DE CUÁNTO ES EL AUMENTO DE MARZO
El reajuste que, por el régimen de movilidad trimestral, recibirán en marzo las jubilaciones y pensiones a cargo de la Anses rondaría entre el 17% y el 18,5%, según las estimaciones de fuentes consultadas por LA NACION y de acuerdo con diferentes proyecciones de cómo daría el dato que aún falta que se difunda, entre los que integran la fórmula. Es muy probable que el porcentaje de incremento se conozca oficialmente el viernes próximo (10 de febrero), luego de que el Indec publique su informe referido a la evolución de los salarios en diciembre; de allí surge el número que ahora falta para calcular el índice definitivo.
En cada mes de marzo, según lo establecido por ley, se aplica la primera actualización de haberes del año. Luego, habrá recomposiciones en junio, septiembre y diciembre. En 2022, la suba acumulada según la movilidad fue de 72,48%, con lo cual quedó 22,32 puntos porcentuales por debajo del nivel de inflación anual, de 94,8% según el Indec. Así, los jubilados que no percibieron los bonos con los cuales se intentó compensar el efecto del alza del precios, perdieron en 12 meses un 11,5% del poder adquisitivo de sus ingresos.
Si se confirma que se ubicará entre los porcentajes ya indicados, el aumento de marzo estará en un nivel cercano a la inflación del período de octubre a diciembre de 2022, que fue de 17,2%, aunque podría quedar por debajo de la suba del índice de precios del actual trimestre, según las proyecciones que hacen diferentes economistas.
La actual fórmula de movilidad, aprobada por el Congreso en diciembre de 2020 a propuesta del Gobierno, se basa en la variación interanual referida a un trimestre de la recaudación de los impuestos cuyos recursos se derivan parcial o totalmente a la Anses, medida por beneficio, y en la evolución trimestral de los salarios, según uno de dos indicadores: la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), o el índice de salarios elaborado y difundido por el Indec (se toma en cuenta el que arroje, en cada período de referencia, el porcentaje más alto). En el cálculo para el reajuste de marzo se consideran datos del cuarto trimestre del año previo.
Según la información disponible hasta ahora, el índice de marzo debería ser de “algo más del 17%”, según el cálculo del economista Rafael Rofman, consultor y especialista en temas de seguridad social. La recaudación de los recursos involucrados en la fórmula, dijo, creció un 17%, en tanto que el Ripte mostró una variación interanual de 17,4%. En cuanto al índice salarial del Indec, se sabe que entrre octubre y noviembre (es decir, en los dos primeros meses del período a considerar) acumuló un alza de 12,14%, lo que hace probable que su variación trimestral supere a la del Ripte y que, por tanto, sea este el dato salarial a usar en el cálculo.
Para Sergio Rottenschweiler, también especializado en temas previsionales y docente e investigador en la Universidad de General Sarmiento, la movilidad de marzo va a ser cercana a 17% y algo más. Si el índice salarial del Indec fuera de 5%, el porcentaje de suba se ubicaría en 17,1%, de acuerdo con los cálculos del economista. Si fuera más alto, claro, se elevaría el nivel de la recomposición de los ingresos.
Qué pasaría con los bonos
Con el próximo aumento, el haber mínimo se ubicaría en un rango de entre $58.600 y $59.500. Actualmente la cifra es de $50.124,26 y, desde diciembre y hasta este mes, a ese importe se le adiciona un bono extraordinario de $10.000 mensuales, que lleva a que, en mano -es decir, descontado el aporte al PAMI- se perciba un total de $58.620.
El porcentaje de aumento de marzo será aplicado sobre el haber mensual sin considerar el bono, cuyo pago fue dispuesto porque la fórmula de movilidad arrojó resultados, para 2022, por debajo de la inflación. La compensación frente a esa realidad fue parcial, tanto por el monto otorgado a quienes cobran algo más de la mínima, como por el hecho de que no se previó ningún extra para quienes perciben haberes superiores a determinados importes.
Los bonos que actualmente se están pagando (que, en la mayoría de los casos, son de $7000 o $10.000, aunque hay otros montos también) se establecieron con vigencia hasta este mes. Por eso, la expectativa está puesta en ver qué resuelve el Gobierno con respecto al eventual pago de adicionales para marzo, abril y mayo. Si no se dispusiera un extra, muchos jubilados empezarían a cobrar, muy probablemente, menos de lo que perciben en estos meses.
En rigor, ya se había dispuesto el pago de bonos previamente, entre septiembre y noviembre del año pasado. También fue por la caída de poder adquisitivo de los haberes. Al establecerse esas compensaciones para una parte de los jubilados, se va consolidando una política de incrementos diferenciados según el nivel de ingresos, sin que se mantenga el poder de compra para la totalidad de los jubilados y pensionados.
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El índice de movilidad se aplica para la actualización de los haberes del sistema previsional contributivo y también de las prestaciones no contributivas, como la PUAM, que equivale al 80% del haber mínimo. Además, suben en función del resultado de la fórmula los montos de la Asignación Universal por Hijo y de los pagos por familiares a cargo de un grupo de asalariados formales y monotributistas. En marzo, además, deberá haber una actualización del salario tope para cobrar las prestaciones por hijo en la economía formal; ese monto máximo está congelado desde marzo del año pasado, algo que perjudica a muchos trabajadores.
Los aportes previsionales de los autónomos, y las remuneraciones mínima y máxima para hacer el cálculo de los aportes a la seguridad social, en el caso de los asalariados, también se van actualizando según el índice de movilidad.
La fórmula actual rige desde 2021, en virtud de la ley 27.609. En 2020 no se aplicó, por decisión del Gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner, ningún mecanismo de reajustes automáticos. En cambio, se otorgaron aumentos discrecionales y por decreto, que se ubicaron por debajo de la inflación del año, y también por debajo del incremento que hubiera correspondido en caso de no haberse suspendido la movilidad anterior, aprobada en 2017. Fue, en los hechos, un ajuste a las jubilaciones que, en algunos casos de quienes se sintieron más afectados, se discute hoy en la Justicia.
Una particularidad de la fórmula es que contempla un tope anual para el porcentaje de suba de jubilaciones, a la vez que no tiene ninguna garantía de nivel mínimo. El tope, según lo establecido por la ley, puede activarse en diciembre de cada año, y está vinculado con la evolución de la recaudación de los recursos totales (impuestos más aportes y contribuciones) que recibe la Anses para pagar prestaciones. Es decir, si el resultado de la fórmula para diciembre provoca que el alza anual exceda un determinado porcentaje, se le aplica un recorte al índice del último mes del año.
FUENTE LA NACION POR Silvia Stang