ENRE: el 93,87% de los usuarios que reclamaron por cortes recibirán reintegros


Así lo informó el interventor Walter Martello, quien además aclaró que en los
próximos días se conocerán las sanciones correspondientes a los cortes de
energía del mes de marzo, que complementan las de enero y febrero que
totalizaron casi 256 millones de pesos de resarcimiento directo a los usuarios.
El Ente Regulador Nacional de la Electricidad (ENRE) acreditó que el 93,87% de
los reclamos de las personas usuarias por cortes reiterados o prolongados en el
Área Metropolitana de Buenos Aires durante el primer cuatrimestre de 2023
fueron resueltos favorablemente, lo que obliga a las distribuidoras EDENOR y
EDESUR a pagar bonificaciones por un total de 128 millones de pesos en la o las
próximas facturas.


Los cortes de suministro eléctrico prolongados son aquellos en los que el servicio
se interrumpe continuamente durante 36 horas o más; y son cortes reiterados si
ocurren cuatro o más interrupciones del suministro eléctrico en un mismo mes
calendario. La empresa deberá efectuar un reintegro en la factura por la energía
no suministrada.


“Las empresas distribuidoras tienen la obligación de garantizar la calidad del
servicio esencial que prestan a las personas usuarias, lo cual incluye la no
interrupción del suministro eléctrico”, señaló el Interventor Walter Martello, y
añadió: “Desde el Ente Regulador aplicamos las herramientas contempladas en
el marco regulatorio para que quienes hayan estado afectados por cortes, tengan
un resarcimiento económico”.


Para reclamar por cortes prolongados o cortes reiterados del suministro eléctrico
en el AMBA, es necesario completar el formulario que se encuentra en la página
del ENRE: https://www.argentina.gob.ar/enre/reclamo-cortes-prolongadosreiterados-edenor-edesur
Para ello, se requerirá el número de reclamo realizado ante la empresa, datos
que figuran en la factura del servicio, una nota firmada donde conste la fecha y
hora de inicio y finalización de el o los cortes y, en el caso de que el servicio no
figure a nombre de la persona usuaria, una copia del título de propiedad o del
contrato de alquiler, o bien de un servicio o del DNI, donde conste el domicilio.

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